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Política para la Prevención del Consumo de Sustancias Psicoactivas

Política para la Prevención del Consumo de Sustancias Psicoactivas

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  Código: POL-0061 | Versión: 03
PROCAPS S.A. dirige sus esfuerzos al mejoramiento de la salud a través de productos y soluciones innovadoras e integrales que cumplen altos estándares de categoría mundial y estamos comprometidos con la promoción de ambientes de trabajos sanos, seguros y propicios para el desarrollo de todas sus actividades mediante la prevención del consumo de sustancias psicoactivas (alcohol, drogas y tabaquismo) de todos los trabajadores directos, en misión, contratistas, proveedores, clientes y visitantes.

Procaps S.A. implementa un programa que cuenta con los recursos, orientado a fomentar el autocuidado y evitar los daños en la salud individual y colectiva de los trabajadores, sobre los bienes e intereses de los clientes, de la empresa, usuarios y de la sociedad en general; promoviendo estilos de vida saludables y en el mejoramiento de la calidad de vida, desempeño laboral y productividad de la empresa.

Procaps S.A. considerará como violación de esta política las siguientes acciones:
  • El consumo, posesión, distribución y/o venta de sustancias psicoactivas dentro de las instalaciones de la organización, durante el desarrollo de actividades laborales o contractuales que se desarrollen dentro de la jornada laboral. 
  • El ingreso a las instalaciones de la organización de trabajadores directos, en misión, contratistas, proveedores clientes o visitantes en estado de embriaguez, post-embriaguez y efectos de sustancias psicoactivas, así sea residualmente. 
  • Laborar bajo los efectos del consumo de sustancias psicoactivas en sus diferentes puestos de trabajo o de las actividades desarrolladas por contratistas o proveedores. 
  • Asistir a actividades recreativas, deportivas, culturas o sindicales bajo los efectos del consumo de sustancias psicoactivas
Esta política tiene alcance a todas las sedes o centros de trabajo de Procaps S.A. y forma parte del contrato de trabajo, su cumplimiento es obligatorio para todos los colaboradores de la compañía y su incumplimiento quedará sujeto a las medidas disciplinarias correspondientes, acordes con el reglamento interno del trabajo y la normativa legal vigente aplicable a la organización.